Docente de institución educativa es llamado a juicio por presunto abuso sexual

Riobamba (Chimborazo).- Luis Enrique Ch. A., docente de una unidad educativa de Riobamba, fue llamado a juicio por su presunta responsabilidad en el delito de abuso sexual perpetrado contra una estudiante de 15 años.

Esta fue la decisión de un Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, tras haber analizado los elementos de convicción presentados por Fiscalía en la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio.

El Magistrado también ratificó las medidas cautelares de presentación periódica y prohibición de salida del país impuestas al procesado. Asimismo, dispuso mantener las medidas de protección a favor de la adolescente, entre ellas, la prohibición de que el procesado se acerque a ella o a sus familiares, así como la vigencia de la boleta de auxilio.

Fiscalía inició la investigación el 17 de marzo de 2023, luego de una denuncia del rector de la institución educativa, quien fue informado por la madre de la adolescente sobre el presunto abuso cometido por Luis Enrique Ch. A., docente de matemática.

Los hechos habrían ocurrido en enero de 2023, cuando la víctima acudió a la sala de profesores para entregar unas tareas escolares que no le habían recibido en el aula. En ese momento, el docente presuntamente la tocó indebidamente e intento besarle en la boca.

El cambio de comportamiento de la estudiante alertó a su madre, quien notó que la joven se mostraba más frustrada, sensible y agresiva con sus compañeras. Por ello, indagó sobre estas conductas hasta que la adolescente le contó lo sucedido con el presunto agresor.

En la diligencia, el Fiscal a cargo del caso emitió el dictamen acusatorio con base en los elementos de convicción recabados durante la etapa de instrucción fiscal, entre ellos, las versiones de la víctima y de su madre, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y la valoración psicológica preliminar practicada a la adolescente.

Información jurídica

El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con privación de libertad de tres a cinco años. (FGE)