2 sentenciados por extorsionar a una comerciante en Atacames

Esmeraldas (Esmeraldas), 04 de noviembre de 2026.- Diecisiete años y cuatro meses de prisión para Kevin Cristhian R. R., como autor, y ocho años y ocho meses para Yocasta Madelet G. T., como cómplice, es la sentencia que obtuvo Fiscalía contra ambos por el delito de extorsión agravada.

Los hechos ocurrieron en agosto de 2025, cuando una comerciante del cantón Atacames empezó a recibir mensajes extorsivos desde diferentes números telefónicos. Los remitentes le enviaban fotografías de su local comercial y le exigían 500 dólares, bajo amenazas de atentar contra su vida y la de su familia.

En los mensajes también le indicaban que debía depositar el dinero en una cuenta bancaria de Yocasta Madelet G. T. Ante las amenazas, la víctima efectuó dos depósitos: uno de 30 y otro de 40 dólares. Sin embargo, las exigencias continuaron.

La comerciante acudió a la Policía Nacional y, días después, fue aprehendida la titular de la cuenta bancaria. Yocasta Madelet G. T. manifestó que había facilitado sus datos bancarios a Kevin Cristhian R. R., con quien mantuvo una relación sentimental y quien se encontraba recluido en el Centro de Privación de Libertad de Varones de Esmeraldas.

Durante la audiencia de juzgamiento, desarrollada el 30 de octubre de 2026, la Fiscal del caso presentó el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de los agentes policiales que participaron en la aprehensión y del perito que efectuó el reconocimiento del lugar de los hechos y de los indicios. También expuso certificaciones bancarias de los movimientos de las cuentas de la víctima y los procesados, así como la pericia de extracción de información de los teléfonos celulares, entre otros elementos probatorios.

Con base en estas pruebas, el Tribunal acogió la teoría del caso de Fiscalía, declaró la culpabilidad de los procesados e impuso las penas correspondientes, al considerar las circunstancias agravantes de la infracción.

Además, Kevin Cristhian R. R. deberá pagar una multa equivalente a 106,6 salarios básicos unificados y Yocasta Madelet G. T., una de 53,3.

Los sentenciados también deberán pagar una multa equivalente a 106.6 salarios básicos, en el caso del autor y de 53.3, en el caso de la persona cómplice.

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso de acuerdo al delito de extorsión, tipificado en el artículo 185, inciso tercero, numerales 2 y 3, en concordancia con la circunstancia agravante prevista en el artículo 47, numeral 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)