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CC se pronuncia sobre tres preguntas enviadas por Noboa; frena reducción de asambleístas

La Corte Constitucional se pronunció este lunes 15 de septiembre del 2025 sobre tres propuestas del presidente Daniel Noboa para la consulta popular y referéndum que plantea para este año en el país.

En un comunicado, el máximo organismo de control constitucional indicó que los jueces analizaron los temas referentes a eliminar el financiamiento público a los partidos políticos, contratación por horas y reducción de asambleístas.

Respecto a la eliminación del financiamiento a los partidos políticos con fondos estatales, la Corte determinó que podría pasar mediante una reforma parcial a la Constitución. El organismo realizó el control constitucional de los considerandos, la pregunta y anexos y declaró que la propuesta es constitucional.

En el comunicado indicó que para garantizar los principios de claridad y lealtad hacia el elector, dispuso la supresión de aquellos considerandos inconstitucionales que contenían valoraciones o afirmaciones ajenas al objeto de la consulta.

Además, precisó que se excluyó del texto uno de los anexos que proponía reformar el artículo 115 de la Constitución. Lo hizo bajo el argumento de que dicha modificación no constaba ni en la pregunta ni en los considerandos, lo que impedía que el electorado se pronunciara de manera informada sobre ese cambio.

De esta manera, la ciudadanía se pronunciará sobre la reforma al artículo 110 de la Constitución, que propone que los partidos y movimientos políticos se financien exclusivamente con los aportes de sus afiliados y simpatizantes.

Contratación por horas y reducción de asambleístas
Respecto a la contratación por horas en el sector turístico, la Corte indicó que la propuesta es constitucional, siempre que se trate de la primera relación laboral y se respeten los derechos adquiridos de los trabajadores. “Se excluyeron dos considerandos por contener información que podía inducir al voto”, indicó el comunicado.

El organismo no dio paso a la reducción del número de asambleístas. En el análisis determinó que la propuesta omite datos fundamentales como el hecho de que la Asamblea Nacional pasaría de 151 a aproximadamente 73 integrantes.

“Esta ausencia de información dificultaba que el electorado comprenda con precisión el alcance de la propuesta y sus efectos en la representación democrática por provincia, lo que no satisface plenamente los principios de claridad y lealtad previstos en los artículos 103 y 104 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC)”, señaló.

La Corte recordó que el Ejecutivo podrá presentar una nueva propuesta sobre este tema si así lo decidiese, respetando los requisitos de claridad y lealtad que permitan un pronunciamiento ciudadano informado y responsable. (TELEAMAZONAS)