Guayaquil (Guayas), 30 de julio de 2026.- La Fiscalía General del Estado obtuvo sentencia condenatoria de veintiún años y cuatro meses de prisión por el delito de secuestro extorsivo contra Jonathan David V. C. y Wilder Alexander Ch. V., por su participación en el secuestro de una mujer, ocurrido el 15 de julio de 2025, en la vía Salitre-Guayaquil.
Según la investigación, la víctima se movilizaba junto a su padre hacia su domicilio, en el cantón Salitre, cuando varios sujetos armados que se transportaban en tres vehículos interceptaron su automotor y la secuestraron.
Al día siguiente, sus familiares recibieron llamadas y mensajes extorsivos a través de WhatsApp, en los que se exigía el pago de 250.000 dólares a cambio de su liberación, bajo la amenaza de atentar contra su vida.
Tras la denuncia presentada ante Fiscalía y la Unidad Antisecuestro y Extorsión (Unase) de la Policía Nacional, se ejecutó un operativo que permitió la aprehensión de los ahora sentenciados en el sector de La Floresta, en el sur de Guayaquil. Con la información proporcionada, la víctima fue localizada en el sector de La Finca.
En su versión preliminar, la mujer indicó que permanecía retenida en una vivienda y que, al percatarse de la presencia policial, sus custodios huyeron del lugar. La víctima logró salir del inmueble, pidió ayuda a los uniformados e identificó a los ahora sentenciados como partícipes del delito.
Durante la audiencia de juzgamiento, el Fiscal del caso presentó pruebas testimoniales, documentales y periciales que demostraron la responsabilidad penal de los procesados. Entre ellas constan los testimonios de diez testigos, incluidos agentes investigadores y aprehensores de la Unase, peritos médicos, partes policiales, informes investigativos, diligencias de reconocimiento del lugar, registros del seguimiento de cámaras de seguridad y la denuncia presentada por los familiares de la víctima.
El Tribunal de Garantías Penales que conoció el caso acogió las pruebas presentadas por Fiscalía y sentenció a Jonathan David V. C. y Wilder Alexander Ch. V. como autores directos del delito. Además, les impuso el pago de una multa equivalente a 400 salarios básicos unificados y una reparación integral de 5.000 dólares a favor de la víctima.
Asimismo, dispuso medidas de protección para la víctima y sus familiares, entre ellas la prohibición de acercamiento y de realizar actos de intimidación, de forma directa o a través de terceros.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 162, inciso segundo, numeral 9, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de secuestro extorsivo con una pena privativa de libertad de trece a dieciséis años, aumentada en un tercio. (FGE)

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