9 procesados por presunta asociación ilícita guardan prisión preventiva

Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 30 de julio de 2026.- La Fiscalía General del Estado inició un proceso penal contra nueve personas por su presunta participación en el delito de asociación ilícita con fines de extorsión.

Acogiendo el pedido motivado de Fiscalía, la Jueza de la Unidad Judicial Penal con sede en el cantón Santo Domingo que conoció la causa dictó prisión preventiva para todos los procesados y dispuso el inicio de la instrucción fiscal por noventa días.

Los procesados son Franklin Jonathan V. T., Ángel Antonio P. A., Kevin Alfonso O. M., John Jairo A. B., Ángel Antonio M. R., Ángel Fernando M. A., Carmen Edith P., Javier David B. R. Y Óscar Vicente L. P.

La investigación, a cargo de la Fiscalía de Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional, inició el 2 de agosto de 2024 y permitió identificar a un presunto grupo delictivo dedicado a extorsionar a ciudadanos del recinto Nuevo Israel, ubicado en el cantón Santo Domingo. Los sospechosos habrían exigido dinero a sus víctimas mediante amenazas directas y panfletos intimidatorios, a cambio de no atentar contra su vida y sus bienes.

Durante un operativo simultáneo liderado por Fiscalía la noche del 28 de julio de 2026, en las provincias de Santo Domingo de los Tsáchilas y Pichincha, se ejecutaron las órdenes de detención contra los nueve investigados.

Como resultado de trece allanamientos efectuados en Santo Domingo y uno en el cantón Mejía, se levantaron varios indicios relacionados con el delito investigado, entre ellos teléfonos celulares, armas de fuego, municiones y otros.

En la audiencia de formulación de cargos, el Fiscal del caso expuso los elementos de convicción recabados durante aproximadamente dos años de investigación, entre ellos las versiones de las presuntas víctimas, el informe investigativo, el informe de seguimiento y vigilancias, y el acta de los indicios recabados durante el operativo.

Información jurídica

El delito de asociación ilícita está tipificado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años. (FGE)