Guayaquil (Guayas), 11 de marzo de 2024.- La Fiscalía obtuvo sentencia condenatoria de 10 años de pena privativa de libertad contra un ciudadano originario de Estonia, aprehendido el 9 de marzo de 2023, al interior del Aeropuerto Internacional José Joaquín de Olmedo, con más de 10 kilos de clorhidrato de cocaína en su equipaje. El destino final era la ciudad de Madrid, en España.
El Tribunal acogió las pruebas presentadas y emitieron sentencia contra Vassiljev A., a quien se le impuso, además, una multa de 40 salarios básicos unificados del trabajador en general.
En audiencia de juzgamiento, el fiscal a cargo del caso presentó las pruebas documentales, periciales y testimoniales recopiladas durante el proceso y que demostraron la participación del imputado en el hecho investigado.
Durante el juicio se solicitó la presencia de doce testigos y se presentó el acta de pesaje y verificación de la droga incautada, las pruebas de campo y pericias químicas, partes policiales investigativos y de aprehensión.
Además, el acta de evidencias ingresadas en cadena de custodia de la Policía Antinarcóticos de esta zona, en la que incluye el equipaje donde era trasladado el alcaloide, documentos personales y otros.
Contexto
Personal de la Unidad Antinarcóticos recibió una alerta de los funcionarios de la salida de embarque del Aeropuerto de Guayaquil, en la que indicaban que un ciudadano extranjero permanecía inhabilitado de continuar con su trayecto y poder embarcar a su vuelo que tenía como escala la ciudad de Madrid, en España.
En una de sus maletas se descubrió que existía un bolso color beige, en el que se encontraron nueve envolturas de forma rectangular recubiertas en fundas plásticas, conteniendo en su interior una sustancia compacta de color blanco.
Al realizar la prueba de identificación preliminar homologada su resultado fue positivo para clorhidrato de cocaína, con un peso bruto 10.430 gramos, además se encontró documentación personal y un teléfono celular, por lo que fue aprehendido en delito flagrante.
Información jurídica
La Fiscalía procesó estos delitos con base a lo dispuesto en el artículo 220, numeral 1, literal d (gran escala), del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona la posesión, distribución, tenencia, transporte y venta de sustancias sujetas a fiscalización, con pena privativa de libertad de diez a trece años. (FGE)
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