Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 19 de abril de 2024.- Luego de aceptar los hechos imputados por la Fiscalía General del Estado, el Juez de Garantías Penales que conoció la causa sentenció a Leonel V. a cuarenta meses de pena privativa de libertad, como autor directo de tráfico ilícito de armas de fuego, armas químicas, nucleares o biológicas.
Además, dispuso el pago de una multa de 3.680 dólares (ocho remuneraciones básicas unificadas).
En la audiencia de procedimiento abreviado, la Fiscal del caso presentó como elementos de convicción: el informe técnico pericial de inspección ocular técnica, el informe técnico de balística practicado a las armas de fuego, el informe de reconocimiento de lugar de los hechos y de reconocimiento de objetos e indicios.
El procedimiento abreviado se encuentra establecido en el artículo 635 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y establece que, una vez aceptada la participación en los hechos imputados, se reduzca la pena hasta en un tercio de la pena mínima.
En el contexto del Decreto Ejecutivo No. 841 que declaró el Estado de Excepción por grave conmoción interna en todo el territorio nacional, agentes de la Policía Nacional ejecutaron el registro de un inmueble ubicado en la Cooperativa 16 de Marzo, en Santo Domingo, el 7 de octubre de 2023.
En el lugar, los policías encontraron a Leonel V. portando un arma de fuego. Luego de la verificación del domicilio, también se hallaron otra arma de fuego, catorce cartuchos, un chaleco antibalas, tres alimentadoras, tres teléfonos celulares de diferentes marcas y un reloj de alta gama, que fueron levantados como indicios del cometimiento de la infracción.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 362, inciso primero del COIP, que sanciona el delito de tráfico ilícito de armas de fuego, armas químicas, nucleares o biológicas con pena privativa de libertad de cinco a siete años. (FGE)
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