Riobamba (Chimborazo), 11 de agosto de 2026.- La Fiscalía General del Estado procesa a Jefferson Daniel Y. G. por su presunta coautoría en el delito de asesinato. El Juez que conoció la causa le dictó prisión preventiva luego de su detención, realizada durante varios operativos ejecutados en Riobamba.
El implicado habría participado en un ataque armado registrado el viernes 12 de junio de 2026, en el norte de Riobamba, que dejó como resultado la muerte de una agente de seguridad penitenciaria, quien recibió varios impactos de bala.
De acuerdo con el parte policial elaborado por la Unidad Nacional de Investigación de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros (Dinased), alrededor de las 07:46, la víctima, quien laboraba en el Centro de Privación de Libertad de Riobamba, llegó en su vehículo a su domicilio, ubicado en las calles Los Ríos y Coangos.
En ese momento, fue interceptada por dos personas que se movilizaban en una motocicleta y que, presuntamente, dispararon en repetidas ocasiones, causándole la muerte en el sitio.
Tras cometer el hecho, los sospechosos habrían huido hacia el sector de Sigsipamba, donde quemaron la motocicleta y abordaron un vehículo que los esperaba y que, aparentemente, era conducido por Jefferson Daniel Y. G.
Según las investigaciones, el procesado habría trasladado a los presuntos autores del crimen hasta Quito, utilizando vías que habrían dificultado su localización y posterior captura por parte de la Policía.
La madrugada del 6 de agosto de 2026, Jefferson Daniel Y. G. fue detenido con fines de formulación de cargos, tras varios allanamientos ejecutados en diferentes zonas de la ciudad. Durante los operativos se levantaron indicios que estarían relacionados con el presunto delito, entre los que constan teléfonos celulares, un vehículo, sustancias sujetas a fiscalización y dos armas de fuego.
Fiscalía sustentó el inicio de la instrucción fiscal con base en varios elementos de convicción entre los que constan el acta de levantamiento del cadáver y del informe de autopsia médico-legal, que confirmaron que la muerte se produjo de forma violenta, a causa de un shock hipovolémico y laceración cardiopulmonar provocados por el ingreso y salida de proyectil de arma de fuego.
Asimismo, se incorporaron el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y las actas de levantamiento de evidencias, entre otros.
Información jurídica
El delito de asesinato está tipificado y sancionado en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con pena privativa de libertad de veintiséis a treinta años. (FGE)

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