Sentencia máxima agravada de 40 años de prisión por el asesinato de un administrador de un local de comidas

Naranjito (Guayas), 12 de agosto de 2026.- La Fiscalía General del Estado obtuvo sentencia condenatoria de cuarenta años de prisión para Jesús Andrés V. O., declarado autor directo del asesinato del administrador de un local de comidas. El crimen ocurrió el 10 de septiembre de 2025, cuando la víctima llegaba a su domicilio, en Naranjito.

Según la denuncia presentada por los familiares, el hecho ocurrió en horas de la madrugada. La víctima fue interceptada por dos personas que se movilizaban en una motocicleta. Una de ellas descendió del vehículo y le disparó en tres ocasiones. El hombre falleció en el lugar y los agresores huyeron.

Personal de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas y Desapariciones (Dinased) acudió al sitio para levantar indicios y evidencias, incluidos elementos balísticos. Como parte de la investigación también se recopilaron videos de cámaras de seguridad, que permitieron identificar las características de la motocicleta utilizada en el crimen.

El automotor había sido reportado como robado y fue localizado horas después en el domicilio de Jesús Andrés V. O. En el lugar también se encontró la indumentaria que habría sido utilizada durante el hecho. El ciudadano fue aprehendido y puesto a órdenes de las autoridades competentes.

Durante la audiencia de juzgamiento, el Fiscal de la Unidad de Personas y Garantías presentó pruebas testimoniales, periciales y documentales que demostraron la participación y responsabilidad penal del procesado.

Entre las pruebas testimoniales constaron loas testimonios de veinte personas, incluidos agentes investigadores de la Dinased, personal de Criminalística, peritos de audio y video y familiares de la víctima.

Como prueba pericial y documental se presentaron, entre otros elementos, los informes investigativos, el acta de levantamiento de cadáver, el informe de autopsia, el reconocimiento del lugar de los hechos, la denuncia presentada por los familiares, la extracción de información de teléfonos celulares y videos de cámaras de seguridad, así como los informes periciales balísticos del arma utilizada.

El fallo impuesto por los magistrados incluye, además, el pago de una multa de 1.500 salarios básicos unificados y dispuso, como reparación integral a los familiares de la víctima, el pago de 244.952 dólares.

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 140, inciso primero, numerales 2 y 4, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de asesinato con pena privativa de libertad de veintiséis a treinta años. La pena se incrementó en un tercio debido a la agravante prevista en el artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal. (FGE)