Sentenciado a 21 años de prisión secuestro a un comerciante

Guayaquil (Guayas), 27 de octubre de 2026.- El Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa sentenció a Jimmy Geampierre A. M. a veintiún años y cuatro meses de privación de libertad por el secuestro de un vendedor de mariscos, ocurrido el 29 de junio de 2025, en el norte de Guayaquil. La decisión se fundamentó en las pruebas testimoniales, periciales y documentales presentadas por la Fiscalía General del Estado.

Según la denuncia de la víctima, cuando llegaba a su domicilio fue interceptado por ocho personas armadas, quienes le taparon la boca, le ataron las manos y los pies y lo trasladaron en una tricimoto hasta una vivienda ubicada en la cooperativa Trinidad de Dios, sector El Mirador, en Nueva Prosperina.

En ese inmueble lo encerraron en un dormitorio, donde permaneció retenido durante siete días. En ese tiempo, sus captores le exigieron 10.000 dólares y lo golpearon para obligarlo a pagar. La víctima les explicó que no tenía esa cantidad y que subsistía junto a su familia con la venta de mariscos.

Ante su negativa, los secuestradores continuaron agrediéndolo y le amputaron el dedo índice de la mano izquierda. Al séptimo día, aprovechó un descuido de uno de sus custodios y lo golpeó con una botella de vidrio. El hecho desencadenó un forcejeo en el que ambos resultaron heridos.

La víctima consiguió escapar y pidió ayuda a personas que transitaban por el sector. La Policía Nacional fue alertada y lo trasladó a una casa de salud, donde también se encontraba ingresado el hombre al que reconoció como uno de sus captores. La víctima informó a los agentes sobre lo ocurrido.

El sospechoso fue trasladado a la Unidad Judicial Sur Valdivia y puesto a órdenes de las autoridades judiciales. Horas después, un Juez de Flagrancia acogió el pedido de Fiscalía y dispuso su prisión preventiva.

Durante la audiencia de juicio, desarrollada en la Unidad Judicial Albán Borja, el Fiscal de la Unidad de Delincuencia Organizada Transnacional a cargo presentó los elementos probatorios que sustentaron la participación y responsabilidad penal del procesado.

Entre las pruebas constaron los testimonios de nueve personas, incluidos agentes investigadores de la Unidad Nacional de Investigación Antisecuestros y Extorsión (Unase), agentes aprehensores y la víctima. También se incorporaron informes investigativos policiales y la denuncia.

Tras haber valorado las pruebas, el Tribunal declaró a Jimmy Geampierre A. M. autor del delito de secuestro. Además de la pena de prisión, dispuso el pago de una multa equivalente a 800 salarios básicos unificados y una reparación integral de 1.000 dólares a favor de la víctima.

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso con base en los artículos 161 y 162, numeral 10, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), relativos al delito de secuestro y sus circunstancias agravantes, en concordancia con el artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal. (FGE)