Cuenca (Azuay), 24 de junio de 2026.- La Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia de cinco años de privación de libertad contra el exjuez Bolívar Fabián R., por el delito de prevaricato.
La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Azuay informó la resolución oral al término de la audiencia de juicio, celebrada la tarde del 23 de junio de 2026.
En la presentación de los alegatos, el fiscal Provincial de Azuay, Dr. Marcos Flores, expuso que, en el ejercicio de sus funciones como juez de la Unidad Judicial de Garantías Penitenciarias de Cuenca, Bolívar Fabián R. dictó, el 26 de octubre de 2022, una resolución de cómputo de pena que constituyó fallar contra ley expresa, lo cual perjudicó a dos víctimas de delitos sexuales, una de ellas una persona menor de edad.
La decisión judicial benefició al privado de libertad Fausto S., quien tenía dos sentencias condenatorias de veinticinco y dieciséis años de reclusión mayor extraordinaria por el delito de violación, impuestas en el 2016 y 2018, respectivamente. Una de las víctimas, quien fue violentada sexualmente en julio de 2013 decidió quitarse la vida meses después.
En el auto resolutivo, el ahora sentenciado dispuso una condena unificada de veinticinco años de reclusión mayor extraordinaria, al subsumir la pena de dieciséis años en la de veinticinco, en lugar de acumularlas hasta el máximo de treinta y cinco años, como establecía el artículo 528.14 del Código Penal vigente a la fecha de los hechos.
Además, Bolívar Fabián R. dispuso que el sentenciado accediera al beneficio de prelibertad el 8 de marzo de 2024, cuando había cumplido el 40 % de la pena, contraviniendo el artículo 528.20 del Código Penal, que prohíbe la aplicación de beneficios penitenciarios en caso de delitos sexuales cometidos contra menores de edad.
Fiscalía demostró estos hechos con los testimonios de los hermanos de una de las víctimas. Además, entre la prueba documental, se presentaron el auto resolutivo, las sentencias condenatorias, la acción de personal del Exjuez y la documentación del sumario administrativo que culminó con su destitución.
Información jurídica
El delito de prevaricato está tipificado y sancionado en el artículo 268 del Código Orgánico Integral penal (COIP), con pena privativa de libertad de cinco a siete años. (FGE)

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